9 de junio de 2012

El derecho de Iniciativa. ¿Qué es y cuales son los pasos una vez presentado?

1. Presentación del Proyecto en Mesa de Entrada (14 de Junio) 2. Admisibilidad (3 semanas). Una vez presentado en Mesa de Entrada del Concejo Deliberante, se debe enviar dentro de las 24 horas a la Comisión de Gobierno, quien en su primera reunión (se reúne semanalmente) debe evaluar si el proyecto es admisible y debe elaborar un Proyecto de Resolución declarando la Admisibilidad o Inadmisibilidad de la IC Si el Concejo Deliberante no determina una resolución dentro de las dos sesiones siguientes (es decir, dos semanas), se entenderá tácitamente que la IC es admisible. 3. A partir de aquí, el proyecto de IC queda en el Concejo Deliberante a disposición de los ciudadanos que quieran consultarlo y adherirse, al mismo tiempo que se publicita en carteleras y se le da la difusión obligatoria a cargo del Municipio establecida en la Reglamentación de IC. 4. Junta de firmas y presentación al Concejo Deliberante. El siguiente paso es juntar firmas del 5% del padrón electoral, para lo cual hay hasta 12 meses. Para ello el Concejo Deliberante debe habilitar en su cede libros especiales para registrar las firmas. Los ciudadanos que se encuentren en el último padrón electoral que quieran firmar y aun no lo hayan hecho, podrán firmar en esta instancia. Según el Art. 16 de la Ordenanza y una vez presentadas las firmas, los promotores deben hacer la presentación formal del Proyecto al Concejo Deliberante. 5. Verificación de firmas (1 semana). Hecha la presentación, el Concejo Deliberante solicita de inmediato a la Junta Electoral Municipal la verificación de la calidad de elector de los adherentes, quien tiene un plazo de 7 días para informar al Concejo Deliberante y a los promotores. 6. Audiencia Pública (4 semanas). Habiendo transcurrido el proceso relatado, en un período de 30 días el Concejo Deliberante llama a Audiencia Pública, donde los promotores deben explicar y defender el Proyecto presentado. 7. Tratamiento en comisión (4 semanas). Cumplidos todos los requerimientos, incluso la audiencia pública, el Proyecto de IC es remitido para su estudio a la Comisión del Concejo Deliberante que corresponda, el cual tendrá 20 días hábiles para emitir dictamen. 8. Tratamiento en Sesión. El Concejo Deliberante resolverá sobre el Proyecto de IC dentro de los 45 días hábiles de haber sido presentado formalmente en Mesa de Entrada, es decir, en este caso particular el día 14 de junio de 2012. Si es aprobado, pasa al Poder ejecutivo para su promulgación y publicación como ordenanza.

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