21 de mayo de 2009

Como se regula esto?

La Constitución Nacional Argentina es la ley suprema de nuestro país en la cual se establecen las declaraciones, derechos y garantías de todos los ciudadanos que, a su vez, forman las bases de cómo debemos vivir y convivir en la Argentina. Es así como la Constitución Nacional establece los lineamientos generales, y todas las demás normas de nuestro país deben adecuarse a ella. En este sentido, constituye el punto de partida para las leyes provinciales y ordenanzas municipales que, en definitiva, son las que regulan nuestra vida diaria.

En San Martin de los Andes existen numerosas ordenanzas municipales y todos tenemos el derecho a conocerlas. Actualmente, las ordenanzas y otras normativas pueden consultarse por Internet (
www.sanmartindelosandes.gov.ar, y entrar a “Digesto”). Entre todas estas normas, se encuentran aquellas que regulan el uso del suelo y la urbanización de nuestra ciudad. Estas ordenanzas son:

· Ordenanza 83/84: Fue la primera que reguló el uso del suelo del ejido municipal ** y que aun rige para aquellas áreas no cubiertas por las dos ordenanzas que siguen.
· Ordenanza 2210/96: Regula la urbanización del Casco Central, desde el Automóvil Club hasta el Lago Lacar.
· Ordenanza 3012/98: Regula el uso del suelo y la urbanización de la Vega Plana y faldeos adyacentes.

En la anterior gacetilla tratamos los roles del bosque y del valle de la cuenca del Lago Lacar identificados a nivel de paisaje. La ordenanza que regula la forma en que podemos edificar en estos lugares es la 3012/98. La misma permite construir con ciertas limitaciones, especialmente en la zona declarada como Vega Plana (valle). Esto se debe a que entre sus directrices*** la ordenanza reconoce a la Vega Plana como “suelo no urbanizable” y como un “área parque de alta conservación ambiental y paisajística”. Además, la declara “Ambiente Protegido” y de “Interés Público” con un rol fundamental de amortiguador hídrico de vital importancia para el Casco Central. El objetivo de esta declaración es reconoce su valor como recurso natural, protegiendo sus roles y atributos hídricos, ecológicos y paisajísticos, y velando por un desarrollo acorde con lo anterior.

Los que integramos este foro creemos que en San Martín de los Andes tenemos un gran desafío en cuanto al desarrollo sustentable y el uso de la tierra y estamos convencidos de la necesidad de informar y crear conciencia para cambiar. Si estás de acuerdo, sumate y escribinos con tus comentarios a
forosmasustentable@gmail.com

* Regular: someter una cosa a una norma o regla.
** Ejido municipal: es el territorio regulado por la municipalidad de cada ciudad.
*** Directrices: Pautas generales que guían u orientan una acción, cosa o persona.

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